El catedrático Martín Risso fue tajante en la considerar que el proyecto a discusión en el senado, sobre responsabilidad penal, cae en varias inconstitucionalidades.
Risso fue entrevista en radio Sarandí y afirmó que hay tres objeciones claras: viola el principio de libertad ya que el delito está referido a un reglamento y no a la ley; no existe responsabilidad objetiva y que esta materia de la ley no debe ser considerada en forma penal.
Dijo Risso: 1) «Este polémico artículo primero tiene tres posibles objeciones. El más grave es por violar el principio de libertad, que dice que un delito únicamente se puede establecer en la ley, debe estar definido en la ley. Y este artículo habla sólo sobre la reglamentación».
2) «pasa a ser que de la lectura del artículo hay una responsabilidad penal objetiva». «Sea cual sea la actuación del empleador, si se produce una falla habría responsabilidad penal».
Según Risso «no existe la responsabilidad objetiva, que es la que se configura por el mero hecho de generar un daño».
3) «No cualquier cosa puede establecerse como delito. Hay pautas de razonabilidad. Este artículo es muy comprensible en cuanto al fin que persigue, todos estamos de acuerdo, pero desde el punto de vista penal, ¿es una situación que merezca ser criminalizada o no? Algunos países lo han hecho pero genera dudas». UyPress