Con motivo del rechazo por parte de muchos empresarios y comerciante ante el anuncio de EGEDA de cobrarles por el simple hecho de tener televisores en sus locales, hablamos con Jorge Gemetto, del Movimiento Derecho a la Cultura, quien nos aclaró algunos aspectos importantes en cuanto al tema.
- ¿Cuál es la motivación fundamental de Egeda de comenzar a cobrar por concepto de derechos de producción?
La respuesta a esta pregunta que todos nos hacemos la debería brindar EGEDA. No obstante, la ley de derecho de autor habilita que aparezcan estas sociedades de gestión de derechos de autor ignotas, que armen su kiosco y empiecen a cobrar. La creación de EGEDA estuvo en su momento propiciada por entidades homólogas de países desarrollados, que esperan recibir fondos de los países “consumidores” de contenidos, como el nuestro. Si lo pensás, a priori es un negocio redondo: los gestores locales se quedan con una comisión y giran el resto al exterior. Lo que probablemente busca ahora EGEDA con sus anuncios a la prensa de que pronto van a empezar a cobrar a los comercios, es instalar el tema en la opinión pública para que los comerciantes estén más dispuestos a pagar. Lo que ellos no se esperaban era la resistencia social.
- ¿Por qué razón la Asociación de Hoteles y Restaurantes del Uruguay (AHRU) manifiestan que es como pagar el IVA dos veces?
Hay una cuestión que debería quedar clara. Esto no es un impuesto ni lo cobra el Estado. EGEDA es una entidad privada, movida por intereses privados. Lo que probablemente quieren decir los hoteleros y dueños de restaurantes es que ellos ya pagan la factura del cable, que incluye un cobro diferencial por la cantidad de televisores, el paquete de contenidos que se contrata, etc.
Además, está el hecho muy grave de que EGEDA admite que no puede fiscalizar que los contenidos comunicados en los comercios son efectivamente los de sus representados. En este sentido, sí se puede entender que los comerciantes lo vean como un impuesto, dado que EGEDA pretende cobrar por el mero hecho de tener un televisor, independientemente de los contenidos que ese televisor pase. Esto es, a todas luces, ilegítimo.
Por último, cabe preguntarse cómo va a repartir el dinero recaudado entre sus asociados una entidad que admite que no puede fiscalizar qué contenidos se consumen en los comercios.
- La Ley 17.616 se refiere a películas, series o telenovelas. ¿Qué pasa si el comercio enciende el televisor únicamente para los partidos de fútbol?
La ley de derecho de autor se refiere a todo tipo de obras: obras audiovisuales, literarias, teatrales, musicales, de artes plásticas, software, etc. EGEDA pretende dedicarse al cobro de derechos de los productores audiovisuales. Para el resto, hay algunas otras gestoras como AGADU, SUDEI, etc.
EGEDA dice que pretende cobrar por películas, series, telenovelas, documentales, etc. Pero dado que no tienen la capacidad de fiscalizar lo que emite cada televisor, su cobro al parecer va a ser el mismo, aunque el comerciante le jure que solo pasa fútbol.
Por otra parte, también está el detalle de que los programas deportivos o periodísticos incluyen música, aunque sea incidentalmente o en su cortina musical. Por esa razón, otras gestoras como AGADU y SUDEI podrían reclamar pagos por derecho de autor, si es que ya no lo hacen.
A este tipo de cobros múltiples y redundantes nos lleva una ley de derecho de autor mal hecha.
- ¿Si el comerciante se niega a pagarle a Egeda, a qué tipo de sanciones se expone?
Eso está por verse, dado que la situación tiene muchas aristas complejas. Si EGEDA optara por denunciar a los comerciantes que se niegan a pagar, la Justicia deberá estudiar cada caso particular. Lo que queda claro es que EGEDA va a tener que probar que representa a quien dice representar, y, por otra parte, el juez debería tener en cuenta el tipo de contenidos que se emiten en el comercio, la ubicación de los televisores en el local (por ejemplo, no es lo mismo un televisor que está ubicado para ser visto por los empleados, que otro televisor que está ubicado para el disfrute del público), etc.
En cualquier caso, es saludable la resistencia social que se generó con este tema, dado que puede ser una oportunidad para encarar una reforma integral de la ley de derecho de autor y para que el Estado ejerza un mayor control de las entidades de gestión de derechos.