Continuando por el camino de la capacitación y con el objetivo de seguir aportando valor, tanto a clientes y corredores de seguros como a personal de la empresa, Seguros SURA organizó la conferencia “Lavado de activos e intercambio de información financiera”.

 

La exposición, que se realizó en el marco del nuevo Ciclo de Conferencias “Sala de Abogados” que la compañía ofrece a sus colaboradores, estuvo a cargo de los abogados Leonardo Costa y Jorge Barrera, ambos expertos en la materia, que arrojaron luz sobre la prevención de lavado de activos en los nuevos escenarios que plantea la normativa legal en la que hoy se mueve el mercado.

 

Nicolás Echarte, director de Asuntos Legales y oficial de cumplimiento de Seguros SURA, dio la bienvenida a los asistentes y expresó la importancia de aportar conocimiento para hacer frente a la problemática.

 

“Como compañía de seguros e institución financiera entendemos importante compartir sobre este tema del que se habla mucho pero que no se conoce en detalle”, señaló.

 

Tras definir lo que supone el lavado de activos, Costa explicó que las empresas aseguradoras al ser reguladas y supervisadas por el Banco Central del Uruguay se ven obligadas a informar las transacciones que resulten inusuales y hacer procesos de debida diligencia a sus clientes, es decir, obtener, actualizar y conservar información sobre los clientes.

 

“Puede verse en el día a día de la industria del seguro que los asuntos de prevención de lavado están presentes, y que las compañías de seguros son sujetos obligados en lo que respecta a la prevención. En forma transitiva, los corredores y clientes, también asumen obligaciones que forman parte de las normativas específicas de la actualidad”, expresó.

 

El experto aclaró que en materia de prevención, los corredores y las empresas de seguros deben tomar en cuenta el riesgo detrás del producto asegurado y contar con un sistema de prevención para evitar que la entidad sea utilizada para maniobras de lavado de activos.

 

Por su parte, Barrera complementó la exposición administrativa de Costa con ejemplos sobre cómo se aplican las penas por lavado de activos y aseguró que la normativa actual ha llevado a una “transnacionalización del delito y de la justicia”, porque en Uruguay se puede investigar si delitos que fueron cometidos en el exterior tuvieron algún tipo de actividad ilícita en Uruguay.

 

“Solamente se penaliza la acción de lavado de activos dolosa, con voluntad y conocimiento de cometer el ilícito”, explicó Barrera.

 

Sobre cómo accionar ante la denuncia, indicó que con la información actualizada y registrada se puede combatir el dolo y demostrar la intención de hacer un negocio lícito.

Para cerrar la actividad, Barrera comentó ciertos matices, como el dolo eventual, conocido como ceguera voluntaria que permite ver hasta qué punto es exigible el conocimiento, ya que no se juzga de igual forma a personas que tienen conocimientos distintos.